Con CIP («Carriage and Insurance Paid to (Flete y seguro pagados hasta) [lugar de destino convenido]»), el vendedor se encarga de transportar la mercancía al destino solicitado por el comprador. Si la mercancía se transporta más allá de las fronteras del país, el vendedor también es responsable de todos los trámites de exportación, desde la inspección de la mercancía hasta el despacho de aduanas. El riesgo del transporte se transfiere al comprador tras la entrega al primer transportista. Sin embargo, a diferencia del Incoterm CPT (Carriage Paid To), que es idéntico en otros aspectos, el vendedor debe contratar un seguro para la mercancía en tránsito a su cargo. El Incoterm CIP puede utilizarse para todo tipo de transporte.
Transferencia de riesgo en CIP
Como ocurre con todas las cláusulas de dos puntos del grupo C, la transferencia del riesgo y costos que se encuentran en puntos diferentes del Incoterm CIP. El riesgo del envío se transfiere al comprador en el momento en que las mercancias son entregadas al primer transportista, pero los costos del transporte siguen siendo asumidos por el vendedor (hasta el destino). Es solo en ese punto donde comienza la responsabilidad del comprador por el transporte final, que suele empezar con la tramitación de la importación y el despacho de aduanas. Sin embargo, el comprador también es responsable del tránsito a traves de terceros países. El comprador corre con los gastos y se encarga de todas las formalidades (reguladas en el CPT B7). Al igual que con otros Incoterms, es aconsejable definir el lugar de entrega y el destino con la mayor claridad posible. Esto evita áreas grises que pueden generar disputas en caso de daño o pérdida.
Cobertura de Seguro en CIP
CIP es una de las cláusulas que se han adaptado en el ámbito de los Incoterms 2020. El cambio se refiere exclusivamente a la cobertura de CIP seguro requerida. Anteriormente, bastaba con una cobertura de seguro mínima (cláusula C de las «Institute Cargo Clauses» u otras comparables como las condiciones de seguro de carga DTV ). Los Incoterms 2020 ahora requieren una cobertura de seguro integral de tipo A (todos los riesgos). Para el Incoterm comparable CIF (Coste, Seguro y Flete), destinado exclusivamente al transporte marítimo, la cobertura de seguro de la cláusula tipo C sigue siendo suficiente.
Cobertura de seguro CIP y obligación de proporcionar evidencia
La suma asegurada debe ser igual al 110% del precio de la mercancía especificado en el contrato, pagadero en la moneda utilizada en el contrato. El vendedor está obligado frente al comprador a probar la contratación del seguro.
Atención: A veces puede ocurrir que el país de destino exija que la cobertura del seguro se contrate dentro del país o que se prohíban las aseguradoras no autorizadas (no admitidas). Esto puede causar problemas al vendedor. En este caso, se debe utilizar el Incoterm CPT en caso de duda, y el comprador asumirá la contratación del seguro.
Cobertura continua de Seguro parar el transporte CIP
Tiene sentido contratar un seguro para todas las secciones de la ruta de transporte, es decir, tanto para el vendedor como para el comprador. El Incoterm CIP se ocupa principalmente de la parte del trayecto que va desde la entrega al primer transportista, pero el vendedor tiene naturalmente interés en asegurar el transporte hasta este punto de entrega. En principio, por supuesto, cada parte contratante puede asegurar por separado su propia parte del trayecto para la que asume el riesgo, según el Incoterm CIP. Sin embargo, pueden producirse daños en el momento de la transferencia del riesgo y -al menos desde el punto de vista de las respectivas compañías de seguros -la responsabilidad no puede ser asignada claramente. Estos posibles conflictos pueden evitarse contratando una póliza de seguro a todo riesgo. Comprador y vendedor pueden acordar la parte respectiva de los costes del seguro.
Consejo de lectura: Los Incoterms CIP y CPT son idénticos excepto en el tema del seguro. Por lo tanto, esta sección se centra en el tema de la cobertura del seguro; otros aspectos de las normas Incoterm que se aplican al CIP se tratan con más detalle en nuestro texto informativo sobre el Incoterm CPT.
El vendedor se encarga del transporte hasta el destino acordado y asume los costos de correspondientes, incluyendo el embalaje de la mercancía y la descarga en el destino. En caso de exportación a países extranjeros, e el vendedor también es responsable del manejo y los costos del despacho aduanero. Si el transporte pasa por terceros países, el comprador deberá asumirlos costos y el manejo de los trámites aduaneros. Para el transporte (al menos) hasta el lugar de destino, el vendedor debe contratar a su cargo un seguro de transporte que cubra todos los riesgos de la mercancía.
El comprador corre con los gastos de importación de la mercancía (aduanas y gastos derivados de la recepción de la mercancía). Además, el comprador asume los costos del transporte en el país de destino.
Las «Institute Cargo Classes» (ICC) sirven de orientación para las condiciones del seguro de CIP transporte. Mientras que en los Incoterms 2010 se seguía asumiendo como estándar la cláusula tipo C, que se aplica salvo pacto en contrario, ahora se exige como cobertura mínima la cláusula tipo A, mucho más completa. La cláusula tipo C sólo cubre determinados siniestros explícitamente mencionados, como varada o zozobra, maremoto, incendio o avería gruesa. No se incluyen, por ejemplo, el robo o la caída de la mercancía por la borda durante el transporte.
En cambio, la cláusula tipo ICC A cubre una amplia gama de riesgos. No obstante, la denominación «todos los riesgos» puede inducir a error, ya que la protección contra las consecuencias de la guerra, las huelgas o los daños intencionados no está necesariamente incluida. Si el comprador desea que estos riesgos tambiénesten cubiertos, deberá correr con los gastos. La suma asegurada debe cubrir el 110% del precio de compra acordado contractualmente.
Como se menciono anteriormenter, los Incoterms no son especificaciones vinculantes (legales), sino normas probadas que, sin embargo, pueden ser modificadas por las partes contratantes de mutuo acuerdo. Por tanto, también es posible estipular una cobertura de seguro en CIP que se desvíe de la cláusula tipo A.