Definición de Incoterms
Claridad y seguridad gracias a las condiciones de entrega normalizadas (Incoterms) para el transporte aéreo, marítimo y terrestre
Las transacciones comerciales con bienes muebles(bienes transportables) - especialmente a nivel internacional - son operaciones de transporte complejas, dondelas partes contratantes deben repartirse diversas obligaciones. ¿Quién paga qué etapas del transporte, quién asume el riesgo y a partir de cuándo? ¿Quién se encarga de los seguros, los documentos de transporte, las licencias de importación y exportación? Todos estos factores son determinados por los Incoterms, por lo que si surgen malentendidos o conflictos inevitables durante el transporte, puede resolverse clara y transparentemente la cuestión de quién es el responsable.
Los Incoterms o Términos Comerciales Internacionales, creados por la Cámara de Comercio Internacional (CCI), tienen por objeto garantizar que las condiciones de entrega sean claras e inequívocas, de modo que puedan utilizarse al redactar los contratos. La primera versión de los Incoterms se redactó en 1936 y ha sido revisada en repetidas ocasiones en función de la evolución del sector del transporte. Los Incoterms actuales son los Incoterms 2020, en los cuales se han introducido algunos ajustes y cambios para adecuarlos a las prácticas comerciales actuales y simplificar la elección de los Incoterms adecuados para cada circunstancia. Se hace referencia explícita a la utilidad en el comercio nacional.
Puede consultar la tabla de Incoterms 2020, ir directamente a los Incoterms 2020 actuales u obtener información sobre los Incoterms 2010. Los Incoterms más antiguos siguen siendo válidos y pueden seguir utilizándose si ambas partes contratantes los acuerdan expresamente. A continuación encontrará información más detallada sobre el tema de los Incoterms.
Tipos de Incoterms
Los Incoterms 2020 regulan el transporte de bienes muebles cuya compra se haya concretado. Las cláusulas de entrega normalizadas en los Incoterms pueden formar parte de un contrato de compraventa, pero no lo sustituyen. Se centran en definir cuál de las partes contratantes asume, y a partir de cuando, los costos y derechos, los riesgos y las obligaciones, la contratación del seguro internacional, e incluso la entrega de los documentos de transporte.
El origen de los Incoterms se encuentra en el comercio exterior, lo que puede verse en los términos típicos desde «flete» hasta «libre a bordo/Free On Board (FOB)». Los Incoterms regulan «multimodalmente» todas las formas de transporte, como la navegación de ultramar e interior, el flete aéreo y hasta el transporte por carretera y ferrocarril. Además, existen Incoterms cuya aplicación se destina al transporte marítimo y fluvial (FAS, FOB, CFR y CIF).
Los Incoterms están reconocidos en todo el mundo y están disponibles en más de 30 idiomas. En caso de litigio sobre su interpretación, prevalecerá la versión inglesa.
Otros aspectos de los Incoterms en logística
Además de las funciones principales mencionadas anteriormente (regular los costos y obligaciones de transporte, así como la transferencia de riesgos), los Incoterms también se ocupan de otros elementos. La cuestión es siempre qué parte del contrato se encarga de qué y/o quién asume los costos.
- Documentos de la mercancía (licencias, certificados de origen, certificados, etc.)
- Documentos de transporte (albarán, conocimiento de embarque, cartas de porte...)
- Seguros (qué se asegura y en qué medida, desde la cobertura mínima hasta el «todo riesgo»).
- Requisitos de información
- Inspección de mercancías
- Embalaje (material adecuado, obligaciones de inspección, etiquetado (como por ejemplo, mercancía peligrosa))
Importante: los Incoterms sólo son válidos si se acuerdan conjuntamente
Los Incoterms no son una ley, sino una oferta de la Cámara de Comercio Internacional (CCI) para utilizar determinadas normas o prácticas comerciales establecidas. Deben acordarse contractualmente incluyendo el año (por ejemplo, Incoterms 2020). Si no se especifica el año, se utilizará la versión vigente. Además, es importante la información precisa sobre el lugar (puerto de embarque, puerto de destino, entrega o simplemente «lugar designado»). Si falta el lugar exacto, el vendedor puede elegir el mejor lugar desde su punto de vista.
Sin estatus de Condiciones Generales de Contratación (CGC)
Si desea incluir efectivamente los Incoterms en un contrato, debe hacerse una referencia explícita. Una buena forma de hacerlo es mencionando los Incoterms en relación con el precio de compra y las condiciones de pago. Si los Incoterms se especifican simplemente como parte de las CGC, se corre el riesgo de que los tribunales los consideren una «cláusula sorprendente» y, por tanto, ineficaces. Además, puede ocurrir que el comprador y el vendedor tengan cada uno Incoterms en sus CGC que se contradigan entre sí, lo que da lugar a una «batalla de formas» en la que las contradicciones se neutralizan mutuamente.
➳ Para evitar estos riesgos, los Incoterms deben estar claramente enumerados y ser utilizados por las partes contratantes de mutuo acuerdo.
Variación de los Incoterms: posible, pero normalmente desaconsejable
Los Incoterms, como normas o modelos de términos y condiciones de entrega, son una herramienta para redactar contratos de forma eficaz y sin ambigüedades. Como no son leyes, también pueden modificarse individualmente. Sin embargo, esto rara vez es aconsejable, porque significa que pierden su valor como normas reconocidas mundialmente y sin ambigüedades. En cambio, abre de nuevo la puerta a los malentendidos, justamente lo que se supone que los Incoterms deben remediar.
Posible ejemplo de modificación de los Incoterms: Con la cláusula de entrega EXW (Ex Works), el vendedor sólo tiene que proporcionar la mercancía embalada, la carga en principio ya tendría que ser realizada por el transitario encargado por el comprador. Ahora se puede acordar que el vendedor se encargue de la carga, pero el comprador sigue asumiendo el riesgo. Alternativamente, se puede utilizar la cláusula FCA, en la que la carga y el riesgo corren a cargo del vendedor.
Límites de los Incoterms
Los Incoterms tienen una gran ventaja: regulan mucho, pero no todo. Por eso es importante conocer sus límites.
Ámbitos no cubiertos por los Incoterms:
- ¿Cuándo se celebra un contrato de compraventa?
- Reserva de dominio y transferencia
- Condiciones de pago
- Legislación aplicable o consecuencias jurídicas en caso de incumplimiento del contrato
Además, si los Incoterms entran en conflicto con, por ejemplo, el derecho de comercio exterior o el derecho aduanero, estos últimos se consideran siempre de derecho público, mientras que los Incoterms, como parte del derecho privado, están subordinados a ellos.
La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías y el BGB como base y complemento de los Incoterms
La Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (CISG) se aplica a las transacciones internacionales de mercancías. En muchos casos complementa a los Incoterms, es decir, ambos suelen coordinarse entre sí. Términos como mercancías, lugar de cumplimiento, entrega y lugar de entrega no se definen con más detalle en los Incoterms; en la introducción de los Incoterms se hace referencia a la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías como base.
En las transacciones nacionales, también se aplican las leyes del BGB. Normalmente, la CISG se utiliza antes que el BGB, ya que prevalece como ley especial (lex specialis) sobre las leyes generales. A su vez, los Incoterms pueden anular («renunciar») a disposiciones fundamentales concretas de la CISG; en caso contrario, el resto de la CISG sigue siendo válido. Sin embargo, como ya se ha mencionado, la CISG supone contratos de compraventa de partes contratantes con sucursales en distintos países, los Incoterms solo exigen el transporte de mercancías (es decir, también en el país nacional o en mercados nacionales como la UE).
Determinación de la transferencia del riesgo
La regulación de la transferencia del riesgo es un punto importante, ya que constantemente se producen daños o pérdidas, de mercancías durante el transporte. Las normativas legales sobre la transferencia del riesgo son «dispositivas», es decir, pueden acordarse individualmente entre las partes. Si no se desea la regulación básica sobre la transferencia del riesgo de la CISG (artículos 67 a 69), se pueden acordar condiciones de entrega individuales o cláusulas de entrega estandarizadas como los Incoterms. Conjuntamente, el comprador y el vendedor adelantan o retrasan la transferencia del riesgo. Por lo demás, en la CISG y también en el BGB, la regla es que el riesgo se transmite o bien cuando la mercancía se entrega en el lugar de destino convenido o, si no se ha determinado ningún lugar, cuando se entrega al primer transportista. Las mercancías deben ser claramente atribuibles al contrato mediante el marcado, los documentos de transporte u otros medios.
Adicional: La transferencia del riesgo es al mismo tiempo el día de la reserva que el volumen de negocios negociado. Si desea adelantar la transferencia de la propiedad por razones de balance (por ejemplo, en el caso de transportes marítimos más largos en los que no desea esperar a la llegada, incluida la transferencia del riesgo), los documentos de pedido como el «conocimiento de embarque» pueden adelantar la transferencia de la propiedad. La entrega del conocimiento de embarque al comprador equivale a la entrega de la mercancía.
Unas normas claras y válidas en todo el mundo simplifican las transacciones comerciales tanto internacionales como nacionales y minimizan los posibles malentendidos sobre las obligaciones individuales de las partes contratantes. Los Incoterms pueden incluirse en los contratos de compraventa y no es necesario detallarlos ni negociarlos. Un sistema claro de cláusulas, desde EXW (Ex Works) hasta DDP (Delivered Duty Paid), que desplaza gradualmente las obligaciones y los costos del comprador al vendedor, ayuda a decidir qué Incoterm acordar. La agrupación según la letra inicial (de cláusulas E a F y de C a D) también contribuye a la sistematización. Por ejemplo, todas las cláusulas D son «cláusulas de llegada», en las que el vendedor asume los costes y riesgos de transporte hasta el país de llegada.
En principio, sí, porque no son leyes, sino cláusulas de entrega aprobadas que regulan las tareas y responsabilidades de las partes contractuales. Sólo entran en vigor si se incluyen de mutuo acuerdo en el contrato de compraventa, por lo que un suplemento o variación del «ámbito estándar» también puede hacerse de mutuo acuerdo. Esto es posible gracias al principio de «libertad de contratación», siempre que no vaya en contra de la normativa obligatoria vigente. En la práctica, hay una serie de adaptaciones que, elaboradas con sentido de la proporción y la experiencia adecuada, pueden aportar un valor añadido. Sin embargo, no es aconsejable modificar los Incoterms, ya que se pierde su utilidad como norma generalmente válida e inequívoca, y las modificaciones del texto pueden dar lugar a interpretaciones diferentes.
Todo transporte de mercancías conlleva riesgos. Ya sea un palé dañado durante la carga, un contenedor que cae por la borda en alta mar, el deterioro de mercancías insuficientemente refrigeradas, la entrega a un destinatario equivocado o incluso la pérdida por robo,. Hay una gran variedad de formas en que las mercancías pueden sufrir daños. En el momento de la transferencia del riesgo, se transfieren estos riesgos y, por tanto, la asunción de las posibles consecuencias. Salvo que se haya pactado lo contrario, el transportista es responsable de los daños, deterioros y pérdidas mientras se transporte la mercancía. Se exceptúan, entre otros, los daños sobre los que el transportista no haya podido tener ninguna influencia o también los debidos a un embalaje inadecuado de la mercancía por parte del vendedor.
Importante: Si el vendedor tiene conocimiento de un suceso perjudicial que podría ocurrir después de la transferencia del riesgo, sigue siendo responsable (por ejemplo, conocimiento de una próxima huelga general). El hecho dañoso debe estar fuera del conocimiento, alcance y control del vendedor.
Para las cláusulas E, D y F de los Incoterms 2020, la transferencia del riesgo y del coste se produce al mismo tiempo, por lo que también se denominan cláusulas de un solo punto. En el caso de las cláusulas C, éstas difieren entre sí («cláusulas de dos puntos»).
En primer lugar, los Incoterms son una cuestión de negociación entre las dos partes contratantes. El Incoterm que se acuerde puede depender del «poder de negocianión» de las partes o de las condiciones del mercado. En un mercado de vendedores, es más probable que el vendedor pueda establecer condiciones que transfieran los costes y riesgos al comprador de forma anticipada (por ejemplo, EXW o FCA). En cambio, en un mercado de compradores, es más probable que el comprador pueda imponer «cláusulas de llegada» del grupo D. Por otra parte, el vendedor también puede tener interés en conservar el mayor control posible sobre el proceso asumiendo un Incoterm con responsabilidades de gran alcance. Ejemplo: el acuerdo EXW (Ex Works),que en realidad favorece al vendedor, depende de que el comprador reciba la mercancía a tiempo (y realice así el volumen de negocio). Además, los procesos de carga dentro de las instalaciones de la propia fábrica no siempre se dejan voluntariamente en manos de terceros. La elección de un transportista (por ejemplo, en el caso de las cláusulas C) también puede servir para garantizar la calidad. Otra cuestión puede ser si el comprador o el vendedor, más allá del pedido concreto, tiene más posibilidades de organizar los procesos logísticos de forma racional y favorable.
Sí, los Incoterms 2020 lo señalan explícitamente en su introducción. Se han diseñado deliberadamente para satisfacer las necesidades típicas de compradores y vendedores del mayor número posible de países de todo el mundo, no sólo en el comercio internacional, sino también en las transacciones dentro de un mismo país.
La Cámara de Comercio Internacional (CCI) es la mayor organización empresarial privada del mundo, con sede en París. Actúa en todo el mundo para promover el comercio internacional, entre otros objetivos. Para ello, establece reglas o normas voluntarias, que sólo adquieren validez cuando se incluyen en los contratos. Además, apoya los procedimientos de arbitraje (por ejemplo, mediante el Reglamento de Arbitraje de la CCI). La CCI fue fundada en 1919 por empresarios, comerciantes y agentes financieros para promover la cooperación internacional y las relaciones económicas en el contexto de un orden mundial perturbado tras la Primera Guerra Mundial.
Los Incoterms no son las únicas cláusulas estándar. A continuación encontrará ejemplos de otras cláusulas estándar importantes.
FIDIC: Esta comunidad de ingenieros, fundada por ingenieros, ha elaborado normas para distintos tipos de contratos, con especial atención a la construcción y las instalaciones. Las cláusulas son recomendadas por el Banco Mundial y se utilizan en sus contratos tipo.
Cláusulas CEPE: Para fomentar la integración económica paneuropea, la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas ha elaborado unas condiciones generales de suministro, que se utilizan principalmente en la exportación de maquinaria y equipos.
RAFTD: Las cláusulas estándar existen en Estados Unidos desde 1919; en 1941 se reeditaron como «Revised Foreign Trade Definitions», o RAFTD para abreviar. Tienen un gran solapamiento con los Incoterms, pero también hay desviaciones en los detalles de las cláusulas con el mismo nombre (por ejemplo, FOB). Para evitar problemas, conviene combinar las abreviaturas con la fuente (por ejemplo, Incoterms 2020). Aunque se recomiende el uso de los Incoterms y ya no se utilicen los RAFTD, en EE.UU. se siguen empleando.