El FCA Incoterm significa 'Free Carrier' (libre transporte). El envío FCA se realiza mediante la entrega de la mercancía al primer transportista del comprador en una hora acordado o en el plazo determinado. Esto puede hacerse mediante la entrega Ex Works del vendedor o que el proveedor/vendedor entrega la carga en un lugar acordado, donde se ponga la carga a disposición del transportista designado por el comprar. Si la mercancía está destinada a la exportación FCA, el vendedor está a cargo de los procesos de despacho para la exportación. Este Incoterm permite que para el tipo de transporte o persona autorizada por el comprador se pueda utilizar todos los medios, es decir es un incoterm multimodal, pueden utilizarse todas las vías de transporte (ferrocarril, carretera, aéreo y marítimo).
FCA: Indica claramente el lugar de entrega de la FCA y el modo de transporte de la FCA
Al momento de especificar el lugar de entrega del Incoterm FCA, se debe indicar con la mayor claridad posible, sobre todo porque el transporte posterior puede realizarse a través de cualquier ruta de transporte imaginable. Mientras que «FCA Hamburgo», por ejemplo, es muy general, «FCA Puerto marítimo de Hamburgo» deja claro de inmediato que la mercancía debe transportarse por barco. En el caso del transporte de contenedores, se puede nombrar la terminal de contenedores correspondiente, y en el caso del transporte de mercancías, la estación de ferrocarril, así como la vía. Como alternativa, también puede indicarse el medio de transporte, por ejemplo «Fábrica de la empresa FCA».
La experiencia ha demostrado que es aconsejable eliminar en la medida de lo posible las fuentes de malentendidos facilitando información precisa, incluso en el caso de detalles supuestamente obvios. Además, el vendedor tiene derecho a entregar la mercancía donde tenga sentido desde su punto de vista si el punto de entrega es impreciso. El problema para el comprador es que el riesgo se transfiere a él en el momento de la entrega, lo que incluye también los daños y pérdidas, que pueden estar asociados a un punto de entrega menos adecuado.
Incoterms FCA: Dejar abierto el modo de transporte con instrucciones del FCA
La especificación/nombramiento de un modo de transporte no es una condición, y también hay casos justificados en los que se puede omitir. Si el comprador lo desea, puede mantener la flexibilidad en cuanto al modo de transporte FCA, ya que puede notificar al transportista con poca antelación (pero con tiempo suficiente para el vendedor) como parte de las obligaciones de notificación del comprador al vendedor, y por tanto también el modo de transporte posterior. Esto puede influir en el tipo y la forma de embalaje. Este procedimiento se denomina «instrucciones de la FCA».
Incoterms FCA: Carga en las instalaciones del vendedor o suministro en otro lugar
Si una fábrica o almacén del vendedor figura como lugar de entrega FCA, el vendedor carga la mercancía en el medio de transporte del comprador y completa así la entrega. Si el lugar de entrega es otro, basta con que el vendedor entregue la mercancía lista para su descarga. Debe tenerse en cuenta que existen dos condiciones diferentes para determinar cuándo se considera completada la entrega FCA: el cargado hecho por el vendedor en su propia fábrica/almacén o l la disposicion de la carga con el primer transportista en otro lugar (puerto marítimo, aeropuerto, estación de carga, etc.). Esto último también puede significar que la mercancía se entrega en una terminal de contenedores.
Transferencia de costes y riesgos con las cláusulas de embarque FCA
Al igual que ocurre con otras «cláusulas de punto único», la transferencia de riesgos y costes tiene lugar al mismo tiempo, es decir, en el momento de la entrega de conformidad con el contrato. En el caso de la FCA, como se indica en el párrafo anterior, se trata del cargado o puesta a disposición del primer transportista. El vendedor proporciona al comprador la prueba de entrega y, si es necesario, los documentos de transporte para el transporte posterior (por ejemplo, para el transporte de contenedores FCL y LCL).
FCA: Costes del transporte en contenedor
Si el transporte de la carga se realizará en un contenedor, el vendedor debe entregar la mercancía en la terminal de contenedores. Dependiendo de si la mercancía se destina a un contenedor FCL o LCL («Full Container Load» o «Less than Container Load»/carga general), se incurre en diferentes costes. Ambos gastos de terminal o 'Terminal Handling Charges' corren a cargo del comprador.
Responsabilidades de la FCA: ¿El transporte lo coordina el vendedor?
En muchos casos, puede ser aconsejable que el vendedor coordine el transporte. Esto puede deberse a la práctica del sector o a una práctica establecida entre comprador y vendedor. Incluso puede ocurrir que el vendedor utilice un contrato de transporte sobre la base de la práctica habitual si el comprador no da otras órdenes a tiempo. Aunque el riesgo y los costes suelen correr a cargo del comprador, el vendedor debe pagar primero por adelantado al transportista para que el comprador le reembolse posteriormente los costes. Si, por ejemplo, el vendedor tiene dudas sobre si el comprador cumplirá después con esta obligación, puede negarse a utilizar o acordar un contrato de transporte.
En el caso del transporte FCA, en particular, al vendedor puede organizar él mismo el transporte. De este modo, puede controlar mejor el momento de la recogida que cuando se informa por adelantado al comprador de que la mercancía está lista para ser recogida y éste (con suerte) acepte la mercancía en la fecha acordada. Además, el vendedor elige la empresa de transporte y, por tanto, influye en la calidad de la entrega. Esto puede ser interesante, por ejemplo, cuando se trata de mercancías delicadas que requieren un cuidado especial.
Transporte FCA: Requisitos de seguridad para FCA
Los actuales Incoterms 2020 hacen una referencia aún más explícita que antes al hecho de que el vendedor debe tomar las precauciones de seguridad necesarias para el transporte hasta la entrega. Esto refleja la mayor concienciación sobre los aspectos de seguridad durante el transporte. Por supuesto, lo que es «habitual en el sector» o la mejor práctica puede ser una cuestión de interpretación. Aquí, por ejemplo, el asegurador del transporte puede hacer las especificaciones correspondientes.
Obligaciones del seguro con la Incoterms FCA
Ni el vendedor ni el comprador están obligados a suscribir un seguro con el término FCA, pero por supuesto tiene sentido hacerlo para «su» sección del transporte en la que se asume el riesgo. Si se quiere evitar el momento crítico de la transferencia del riesgo, cuando finaliza una póliza de seguro y comienza la otra, también se puede suscribir una única póliza de seguro continua en la que el comprador y el vendedor compartan los costes proporcionalmente.
Incoterms FCA: Obligaciones relativas a la importación, tránsito y exportación FCA
El vendedor es responsable del despacho de exportación FCA, incluidos todos los trámites, controles y autorizaciones. Corre con todos los gastos. Hay que tener en cuenta que puede darse el caso de que una exportación no sea posible o sea denegada. La concesión de una licencia de exportación también depende a menudo de que los países de tránsito autoricen el tránsito o de la presentación de los certificados necesarios del país de destino. Pasar las inspecciones previas al envío y obtener una autorización de seguridad también puede ser un obstáculo.
Si al vendedor le resulta imposible exportar la mercancía, el comprador puede rescindir el contrato. Sin embargo, si el impedimento a la exportación era ajeno al conocimiento del vendedor o a una «expectativa razonable» de éste, el vendedor no es responsable de los daños y perjuicios en virtud del Art. 79 párr. 1.
El comprador, por su parte, es responsable del tránsito y la importación FCA de la mercancía (si fuera necesario). Con respecto a esto, el comprador depende de los documentos y la información del vendedor, que éste debe facilitar «a petición, riesgo y expensas del comprador».
Por lo general, es aconsejable que ambas partes contratantes comprueben de antemano en qué medida pueden cumplir sus obligaciones en materia de importación y exportación y -si, por ejemplo, la concesión de una licencia de exportación queda fuera de su ámbito de influencia- lo indiquen como reserva (por ejemplo, «FCA sujeta a licencia de exportación»).
FCA: Embalaje de la mercancía
El vendedor debe asegurarse de que la mercancía está embalada para el transporte. Esto protegerá la mercancía de daños y pérdidas, pero también al propio transportista de posibles daños. El embalaje habitual y adecuado depende de la naturaleza de la mercancía (valor, fragilidad, etc.). La mercancía debe etiquetarse en consecuencia (por ejemplo, «Vidrio de precaución») para que el transportista le dé el trato adecuado. El medio de transporte previsto por el comprador también influye: el transporte por mar tiene requisitos de embalaje diferentes que el transporte por avión, por ejemplo.
Lo ideal es que el vendedor averigüe qué medio de transporte o embalaje se requiere antes de elaborar el contrato donde se puedan incluir los costes de embalaje en su cálculo. De este modo, también puede calcular requisitos especialmente elevados que superen la norma habitual del sector. Si el otro medio de transporte (y el embalaje necesario como consecuencia de ello) se mantiene abierto -véase la instrucción FCA más arriba-, el término comercial FCA puede completarse con la adición «más costes de embalaje».
Desde los Incoterms 2000, la responsabilidad del vendedor sólo termina cuando la mercancía se carga en el primer medio de transporte. En el comercio transfronterizo, el vendedor sigue siendo responsable del despacho en la aduana de exportación. A continuación, el transportista contratado transporta la mercancía al extranjero a través de la aduana.
Dependiendo del lugar de entrega designado, la entrega puede realizarse en distintos momentos. Si la entrega se realiza en la planta de FCA, la entrega se completa cuando la mercancía se carga en el camión y el riesgo se transfiere al comprador. En el caso de la entrega en el aeropuerto, estación de carga o puerto franco, el vendedor ya cumple su obligación de entrega cuando pone la mercancía a disposición del transportista u otro agente de descarga.
Con el Incoterm FCA, el vendedor corre con los gastos y riesgos de embalaje y transporte hasta que la mercancía se carga en el transportista acordado. Esto incluye también cualquier coste relacionado con la exportación. A partir de ese momento, el comprador asume todos los costes y riesgos de la entrega de la mercancía, incluidos el tránsito y la importación (si procede).
El comprador determina el lugar de entrega de las mercancías por parte del vendedor. El comprador debe notificarlo al vendedor (con la debida antelación). Sólo así puede garantizar el vendedor que la mercancía está debidamente embalada para el transporte. Esto incluye la protección de la mercancía, así como los requisitos de etiquetado, como mercancías peligrosas, inflamables, etc.
Especifique el lugar de entrega de la mercancía con la mayor precisión posible.
Ejemplo: FCA Chicago, Nave 7, Rampa 2
Al especificar el lugar de entrega en el incoterm FCA, por ejemplo, aeropuerto FCA, estación de carga FCA, puerto franco FCA, almacén FCA, normalmente también se define el tipo de transporte.
En la mayoría de los casos, FCA es preferible a Incoterm EXW. Esto se aplica en cualquier caso cuando se trata de transporte a través de fronteras aduaneras. Las zonas grises en torno a la carga y la transferencia de riesgos que pueden producirse con EXW también pueden evitarse con FCA. Con FCA, las responsabilidades están más claramente reguladas.
La principal diferencia es que la entrega FCA se completa cuando la mercancía se entrega al primer transportista, mientras que con CPT (Cariage Paid To) hay un lugar de entrega (al primer transportista) y un lugar de destino (sólo allí se completa la entrega, por ejemplo, en un puerto en el extranjero). Con el CPT, el vendedor se encarga del transporte hasta el lugar de destino y también lo paga. Sin embargo, el riesgo se transfiere al comprador en cuanto la mercancía se entrega al primer transportista, al igual que con la FCA. Tanto con la FCA como con la CPT, el vendedor puede organizar el transporte y recuperar los costes del comprador de alguna forma o incluirlos de antemano en la oferta. Sin embargo, si está claro desde el principio que el vendedor también organizará el transporte posterior, tiene más sentido elegir el Incoterm CPT, ya que refleja mejor la situación descrita.
Con estos Incoterms, la entrega también se completa poniendo la mercancía a disposición o entregándola al siguiente transportista. Con este último, sin embargo, se trata de un buque de transporte marítimo convencional (a diferencia de un portacontenedores), mientras que con el Incoterm FCA puede considerarse cualquier medio de transporte. Si ya está claro de antemano que se va a utilizar un buque de transporte convencional - para carga general y mercancías a granel, por ejemplo - los Incoterms FOB (Free on Board) o FAS (Free Alongside Ship) pueden ser incluso más adecuados en lo que respecta a la entrega o carga en el primer transportista.
En la práctica, también se utilizan términos como «franco transitario» para las condiciones de entrega FCA. Sin embargo, es mejor utilizar y acordar siempre el Incoterm FCA definido por la CCI, Cámara de Comercio Internacional, París, ya que sólo éste regula claramente los costes Y la transferencia del riesgo. Según el artículo 376 del Código de Comercio alemán (HGB), sobrepasar un plazo en el sentido de una transacción con fecha fija puede dar lugar a responsabilidad por daños y perjuicios por incumplimiento. Por lo tanto, tanto el comprador como el vendedor deben prestar mucha atención a las obligaciones de notificación relativas a las modalidades de entrega y aceptación y cumplirlas.